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12 enero 2015 1 12 /01 /enero /2015 00:34
A la vejez...amnistía fiscal.

Los grandes titulares que nos dan los políticos nunca recogen aquello que quieren ocultar. Las malas noticias, o lo que resulta difícil de explicar en una rueda de prensa sin salir con la credibilidad en entredicho, se esconden en la letra pequeña del Boletín Oficial. De la reforma fiscal solo hemos oído la parte bonita y agradable –rebajas del IRPF- pero hay que tener paciencia hasta que aparezca la sorpresa.

Y las sorpresas aparecen. La Disposición Adicional Única de la Ley 26/2014, de reforma del IRPF, nos ha sorprendido con una segunda y hasta ahora desconocida amnistía fiscal. Una nueva sorpresa fiscal del gobierno del Partido Popular. Esta amnistía tiene un destinatario único y exclusivo, lo que la convierte en discriminatoria: los jubilados extranjeros que residen en España y que fiscalmente son tan españoles como cualquiera de nosotros.

Para muchos de estos jubilados británicos, franceses o alemanes residir en España no solo supone disfrutar del sol y del clima de nuestro país sino que la alegría es doble. España es para ellos un paraíso fiscal. Aprovechando los Convenios de Doble Imposición preparaban con paciencia la argucia que les supondría no pagar impuestos cuando se jubilaran, siempre bien asesorados desde sus lugares de origen; solo había que esperar al momento de la jubilación: las pensiones que percibirían por su trabajo desde sus países se deben declarar de acuerdo con la normativa vigente exclusivamente en los país de residencia y este sería España.

Raudos y recién jubilados cambiaron su residencia fiscal a España y de forma inmediata lo comunicaban a su Agencia Tributaria alemana, británica o francesa para que no les practicaran retención alguna sobre sus pensiones. Una vez en España nadie sabría nada de ellos ni de sus pensiones; no existiría la más mínima información sobre ellas, aunque a efectos impositivos estos jubilados son tan españoles como los nuestros. Las autoridades europeas, pero extranjeras, por mucha Unión Europea de las que nos hablan, no informaban a España sobres esos pagos de pensiones, por lo que aquí nadie les exigía que pagaran los impuestos correspondientes. Los nuestros sí pagaban sus impuestos pero los residentes españoles/alemanes lo normal es que no lo hicieran. Vecinos de sombrilla y de paseo marítimo pero los que no pagaban venían de fuera.

Como no hay mal que cien años dure, y aunque parezca mentira, después de tanta opacidad y falta de comunicación entre gobiernos europeos estos decidieron informar unos a otros de los importes de las pensiones que pagaban a sus antiguos trabajadores. España ya disponía de la información que necesitaba para exigir a los incumplidores el pago de los impuestos no satisfechos en España. La sorpresa es que pese a que estos buscaron de forma fraudulenta el impago de su IRPF español la nueva Ley perdona sus pecados. La Disposición Adicional mencionada condona las sanciones, recargos e intereses de demora por las cantidades no declaradas.

Así somos y así seremos a no ser que….(continuará)

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